Cuál es el ruc del Ministerio Público
Si estás pensando convertirte en proveedor de productos o servicios del Ministerio Púbico necesariamente tienes que conocer su número de RUC para emitir facturas o boletas.
¿Cómo puedo obtener el RUC del Ministerio Público?
Para obtener el RUC del Ministerio Público solo tienes que:
- Ingresar en la plataforma de consulta de la SUNAT a través del siguiente enlace:
https://e-consultaruc.sunat.gob.pe/cl-ti-itmrconsruc/jcrS00Alias
- En la pestaña “Criterios de búsqueda” elegir la opción “Por Nomb/RazSoc.”
- En el casillero “Ingrese Nombre o Razón Social”, escribir Ministerio Público
- Hacer clic en el botón “Buscar”
- Aparecerá una ventana con la Relación de Contribuyentes
- En el segundo casillero de la Relación de Contribuyentes aparecerá el RUC del Ministerio Público: 20131370301.
¿Qué tipo de RUC tiene el Ministerio Público?
Según la SUNAT, el Ministerio Público tiene un tipo de RUC en estado activo, es decir, está realizando actividades comerciales.
¿Qué actividad comercial realiza el Ministerio Público?
Según Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) al Ministerio Público le corresponde por la actividad que realiza el código 8411, es decir, realiza Actividades de la Administración Pública en General, de acuerdo con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU).
¿Qué es el CIIU?
Es una clasificación que permite establecer un esquema conceptual uniforme a fin de contar con información más real a nivel de empresas y establecimientos productivos de bienes y servicios. Por ello, la SUNAT lo ha incorporado dentro de su registro del RUC.
¿Cuál es la dirección legal del Ministerio Público?
La dirección legal del Ministerio Público se encuentra en la Av. Abancay N° 491 (segundo piso, sección de Tesorería), Cercado de Lima.
¿El Ministerio Público está facultado como Agente de Retención del IGV?
Sí, el Ministerio Público fue nombrado por la SUNAT como Agente de Retención del IGV mediante RS 037-2002, a partir del 1 de junio de 2002.
AGENTE DE RETENCIÓN
¿Qué es un agente de retención?
El agente de retención es el comprador o usuario del servicio (designado mediante Resolución de Superintendencia) quien al momento de pagar el precio total de la venta le retiene el 3%. Este porcentaje es declarado y pagado a SUNAT. El vendedor puede utilizar dicho monto para descontar una parte del IGV que le toca pagar y, si no tiene impuesto por pagar, puede pedir la devolución.
¿En qué operaciones se aplica el Régimen de Retenciones?
El régimen de retenciones se aplica exclusivamente en operaciones de venta de bienes, primera venta de bienes inmuebles, prestación de servicios y contratos de construcción gravadas con el IGV cuyos importes superen los S/ 700.00. El importe total es la suma total que queda obligado a pagar el adquiriente, usuario del servicio o quien encarga la construcción, incluidos los tributos.
¿Cuál es la tasa de retención?
La tasa de la retención es el 6 % del importe total de la operación gravada. Cabe indicar que el importe total de la operación gravada, es la suma total que queda obligado a pagar el adquiriente, usuario del servicio o quien encarga la construcción, incluidos los tributos que graven la operación, inclusive el IGV.
En caso de pagos parciales de la operación gravada con el impuesto, la tasa de retención se aplicará sobre el importe de cada pago.